Revista del CLAD Reforma y Democracia
1315-2378
Centro Latinoamericano de Administración para el Desarrollo
Venezuela
https://doi.org/

Recibido: 28 de abril de 2018; : 27 de diciembre de 2018; Aceptado: 26 de septiembre de 2019

Representaciones sociales de sobrevivientes del conflicto armado sobre las medidas de reparación normativas en Colombia: el caso Barrancabermeja

The Social Representations of Survivors of the Armed Conflict on the Regulatory Reparations Measures in Colombia: the Case of Barrancabermeja

W. Salas Picón, K. Pérez Correa, J. Moreno Correa, N. Carrasco Tapias, E. Valenzuela Bonilla,

Profesor Auxiliar e investigador del programa de psicología de la Universidad Cooperativa de Colombia, seccional Barrancabermeja. Es candidato a doctor en Psicología (Universidad Católica de Colombia). Obtuvo una Maestría en Psicología Jurídica (Universidad Santo Tomás, Colombia). También es Psicólogo (Universidad Cooperativa de Colombia). Es líder del grupo de investigadores en Ciencias Sociales y Jurídicas (GICSOJ) de la Universidad Cooperativa de Colombia, seccional Barrancabermeja, e integrante del grupo Estudios Sociales e Interdisciplinarios (ESI). Hace más de tres años que investiga y publica en el área de la violencia de pareja, paz y conflicto. Profesor en cursos de metodología de la investigación, psicología jurídica y neuropsicología. Universidad Cooperativa de Colombia Colombia
Profesora instructora e investigadora del programa de psicología de la Universidad Cooperativa de Colombia, sede Santa Marta. Es doctora en Psicología con Orientación en Neurociencia Cognitiva Aplicada (Universidad Maimonides, Argentina). Obtuvo una Maestría en Psicología (Fundación Universidad del Norte, Colombia) y una Maestría en Educación, mención Gerencia de Organizaciones Educativas (Universidad del Zulia, Venezuela). Es Especialista en Administración de la Informática Educativa (Universidad de Santander, Colombia) y Especialista en Psicología Clínica (Fundación Universidad del Norte, Colombia). También es Psicóloga (Universidad Autónoma de Bucaramanga, Colombia). Es integrante del grupo Estudios Sociales e Interdisciplinarios (ESI). Hace más de cinco años que investiga y publica en el área de la psicología clínica, violencia y las neurociencias. Universidad Cooperativa de Colombia Colombia
Profesor Auxiliar e investigador del programa de psicología de la Universidad Cooperativa de Colombia, seccional Barrancabermeja. Es candidato a doctor en Psicología (Universidad de San Buenaventura, Sede Medellín, Colombia). Es candidato a Magíster en Educación (Universidad de Antioquia, Colombia). Es Especialista en Docencia Universitaria (Universidad Cooperativa de Colombia) y Especialista en Multimedia para la Docencia (Universidad Cooperativa de Colombia). También es Psicólogo (Universidad de Antioquía, Colombia). Es integrante del grupo de investigadores en Ciencias Sociales y Jurídicas (GICSOJ) de la Universidad Cooperativa de Colombia, seccional Barrancabermeja. Hace más de diez años que investiga y publica en el área de la violencia de pareja, psicología clínica, paz y conflicto. Universidad Cooperativa de Colombia Colombia
Profesora Auxiliar e investigadora Junior (COLCIENCIAS) del programa de psicología de la Universidad Cooperativa de Colombia, Sede Medellín. Es Decana Nacional de Ciencias Humanas y Sociales y Decana del Programa de Psicología (Universidad Cooperativa de Colombia, Sede Medellín). Es candidata a doctora en Psicología (Universidad de San Buenaventura, Sede Medellín). Es Magíster en Psicología (Universidad de San Buenaventura, Sede Medellín). Es Especialista en Docencia Universitaria (Universidad Cooperativa de Colombia) y Especialista en Gerencia del Desarrollo Humano (Universidad EAFIT, Colombia). También es Psicóloga (Fundación Universidad del Norte, Colombia). Es integrante del grupo de investigación Educación y Desarrollo de la Universidad Cooperativa de Colombia, Sede Medellín. Psicóloga con experiencia en las áreas de intervención psicosocial en contextos de vulnerabilidad social desde el enfoque de la psicología comunitaria y la resiliencia a partir de una perspectiva crítica. Amplia trayectoria investigativa en poblaciones víctimas de violencia política. Universidad Cooperativa de Colombia Colombia
Profesora Auxiliar e investigadora del programa de psicología de la Universidad Cooperativa de Colombia, seccional Barrancabermeja. Obtuvo una Maestría en Educación (Universidad Cooperativa de Colombia). Es Especialista en Docencia Universitaria (Universidad Cooperativa de Colombia) y Especialista en Gerencia en Servicios de Salud (Universidad de Santander, Colombia). También es Psicóloga (Universidad Incca de Colombia). Es integrante del grupo de investigadores en Ciencias Sociales y Jurídicas (GICSOJ) de la Universidad Cooperativa de Colombia, seccional Barrancabermeja. Hace más de diez años que investiga y publica en los temas de suicidio, inclusión e integración de la discapacidad a vida regular, estrategias de afrontamiento y familia, violencia, paz y conflicto. Profesora en cursos de psicología educativa, técnicas de intervención psicológica. Universidad Cooperativa de Colombia Colombia

Resumen

Construir la paz es un reto para un país como Colombia que ha permanecido sin esperanza de alcanzarla por más de medio siglo. Para ello se requiere la participación de todos los colombianos, en especial de quienes fueron víctimas de violaciones graves, cuyos derechos fundamentales resultaron afectados como consecuencia del conflicto armado. El Estado, con miras a intervenir en este proceso, crea en el año 2011 la Ley 1448 con el fin de resarcir los daños ocasionados y restituir territorios. Después de seis años de vigencia es importante conocer la percepción y la vivencia de las familias afectadas por el desplazamiento y desaparición forzada acerca de la reparación individual y colectiva contemplada en su articulado. Este objetivo se logró a través de una investigación hermenéutica en la cual participaron 60 personas de distintas organizaciones, asociaciones y colectivos de Barrancabermeja, Colombia, entre los años 2016 y 2018. Las técnicas interactivas utilizadas -de tipo descriptivo, histórico-narrativo, analíticas y expresivas- permitieron la expresión de pensamientos, sentimientos, vivencias y apreciaciones sobre la Ley 1448 de 2011, con las cuales los participantes ilustraron la representación social en torno a los elementos de la reparación integral que se supone se cumpliría por parte del Estado colombiano. Los resultados evidencian que los participantes continúan en la condición de víctimas y más que una indemnización económica lo que desean es la dignificación del ser humano. Reclaman la verdad de los hechos y respuestas a sus pérdidas emocionales y que el Estado garantice la no repetición de hechos violatorios a los derechos fundamentales de la integridad humana. Como valor agregado, los resultados indican que se debe modificar el marco normativo acorde con las necesidades requeridas por los sobrevivientes en cuanto a la rehabilitación y al goce efectivo de los derechos a nivel individual, colectivo, material, simbólico y moral y no a los intereses de la clase política que legisla y que está distante de la realidad social del posconflicto, de esta manera se facilita la finalización del conflicto armado interno y el logro de una paz estable y duradera.

Palabras clave

Administración en Situación de Conflicto, Arreglo de Conflicto, Conflicto, Violencia, Problema Social, Derechos Humanos, Protección de Derechos, Estudio de Casos, Colombia.
Resumen, traducido

Building peace is a challenge for a country like Colombia that has remained hopeless to achieve it for more than half a century. This requires the participation of all Colombians, especially those victims of serious violations, whose fundamental rights were affected as a consequence of the armed conflict. In order to intervene in this process, the State created the Law 1448 in 2011 to compensate the damages and restore territories. After six years it is important to know the perception and experience of the families affected by displacement and enforced disappearance about the individual and collective reparation contemplated in its articles. To achieve this objective a hermeneutical research took place between 2016 and 2018 with 60 participants from different organizations, associations and collectives from Barrancabermeja, Colombia. Interactive techniques were used -descriptive, historical-narrative, analytical and expressive- and allowed the expression of thoughts, feelings, experiences and appreciations about the Law 1448/2011. In this way the participants illustrated the social representation around the elements of the integral reparation that is supposed to be fulfilled by the Colombian State. The results show that the participants continue under the condition of victims and

that they want dignity rather than an economic compensation. They demand the truth and answers to their emotional losses and a State that guarantee non-repetition of violations to the fundamental rights. Furthermore, the results indicate that the regulatory framework must be modified according to the needs demanded by the survivors in terms of rehabilitation and the effective enjoyment of human rights at the individual, collective, material, symbolic and moral level. Only in this way it facilitates the end of the internal armed conflict and the achievement of a stable and lasting peace.

Keywords

Conflict Management, Dispute Settlement, Conflict, Violence, Social Problem, Human Rights, Proteccion of Rights, Case Analysis, Colombia.

Introducción

Además de suministrar registros de masacres, violaciones, desplazamientos y desapariciones forzadas, el conflicto armado en Colombia motiva al Estado a la creación de leyes y decretos incluyendo conceptos que a través de la historia se replican, se restablecen y, en el mejor de los casos, se transforman.

Ante los innumerables vejámenes relacionados con el conflicto armado, los disturbios y las tensiones internas de violencia generalizada que aquejan directamente a los Derechos Humanos (en adelante DD. HH.) y al Derecho Internacional Humanitario (en adelante DIH), se crea en 1997 la Ley 387 que reconoce por primera vez en Colombia a las víctimas desde la categoría de “desplazados”. Se entiende por desplazado a la persona que se ha visto forzada a migrar dentro del territorio nacional, abandonando no solo su lugar de residencia sino también las actividades económicas y su ocupación laboral, porque su vida está en riesgo en función de las expresiones de la violencia sociopolítica indicada en la Ley 387. Esta definición pone en marcha una política pública que apunta al resarcimiento de las personas afectadas, sin embargo no lo hace de manera global, ya que dicha norma refiere única y exclusivamente a un grupo de víctimas.

Como este antecedente jurídico no fue suficiente para cubrir la variedad de personas que se vieron afectadas en expresiones diferentes al desplazamiento forzado, surgieron otras estrategias para su identificación y reconocimiento. Es entonces cuando se hizo necesario crear el Registro Único de Víctimas (en adelante RUV) como alternativa para sistematizar la información de las personas afectadas. Se reporta que desde el año 1986 hasta 2017 el conflicto armado en Colombia ha afectado a 8.376.463 personas de las cuales 8.074.272 son víctimas directas y 302.191 indirectas (Unidad para las Víctimas, 2017). Estas cifras permiten interpretar la gravedad del fenómeno de la guerra: sus efectos incluyen la alteración de la estabilidad emocional, económica y laboral de todo un territorio perturbando la salud mental de sus habitantes, quienes han vivenciado situaciones de desarraigo, asesinatos selectivos, desapariciones forzadas, atentados terroristas, reclutamiento forzado, ataque a bienes civiles, ejecuciones extrajudiciales, amenazas, falsos positivos, despojo de tierras, secuestro de integrantes de la familia, y la desintegración de sus comunidades. Estos hechos quebrantaron durante décadas el parentesco de vecindad, amistad y de procesos organizativos que se esfumaron en razón de la presencia de una guerra absurda, relacionada en primera instancia con el poder político y luego con el poder económico producto del narcotráfico y del enriquecimiento ilícito en medio de la indiferencia estatal (Cárdenas …[et al], 2013).

En respuesta a esta situación emerge la Ley 975 de 2005 conocida como la Ley de Justicia y Paz. Como su nombre lo indica, buscó facilitar los procesos de paz, así como también garantizar los derechos de las víctimas a la verdad, la justicia y la reparación, respetando el derecho al debido proceso y las garantías judiciales de los procesados. Seis años después se da un replanteamiento estratégico con el fin de “restablecer la confianza en el Estado de derecho, con el desmantelamiento de los grupos paramilitares evitando la repetición de sus terribles crímenes” (Moreno, 2012: 1). A pesar de las modificaciones no se evidenciaron procedimientos judiciales o administrativos especiales que garantizaran la restitución de tierras o que proporcionaran una compensación por su valor para las víctimas de despojo forzado.

El Estado colombiano promovió entonces un proceso administrativo, cuyo resultado se expresa en la creación de la Ley 1448 de 2011, en aras de atender a los grupos, a las comunidades e individualmente a las personas que de alguna manera se sintieran afectadas por el fenómeno de violencia. Esta normativa consideró una serie de medidas, como la restitución, rehabilitación, indemnización, satisfacción y garantías de no repetición, que contemplaron ya no solo la dimensión individual del daño, sino también la dimensión colectiva de los efectos de la violencia. En consecuencia, la Ley 1448 identifica dos formas de reparación: la individual y la colectiva.

La reparación individual implica no solo una indemnización monetaria o la restitución de bienes, sino que propone un acompañamiento por parte del Estado que garantice los derechos en materia de educación, salud y vivienda. Además, contempla acciones para devolver la dignidad, la memoria, acceder a la verdad y crear condiciones para que hechos como los sufridos no vuelvan a repetirse.

Esta reparación se refiere a la implementación de diferentes acciones con el fin de reducir y mitigar los daños causados por la violación a los DD. HH. Se consideró también como población cobijada por la Ley a padres, hijos, cónyuges, compañero permanente o pareja del mismo sexo, para que también ellas puedan reclamar desde esta perspectiva sus derechos. En el caso de la reparación a las víctimas de desaparición forzada, los familiares acceden al documento de reconocimiento y dignificación (estrategia de recuperación emocional, indemnización transformadora), así como a planes individuales de reparación integral y al conocimiento público de la verdad. De igual manera reciben atención médica, psicológica y social, y también cuentan con posibilidades de obtener un empleo o el apoyo de medidas financieras si lo requieren.

La segunda reparación propuesta en la Ley 1448 es de índole colectivo. Se contemplan los derechos fundamentales de los grupos, pueblos, organizaciones sociales y políticas que se han visto afectadas por la violación a los derechos colectivos o violación de los derechos individuales de sus miembros. Esta reparación está orientada desde componentes políticos, materiales y simbólicos. Algunas de las acciones se encaminan hacia la verificación de hechos; disculpas oficiales y sentencias judiciales que restablecen la dignidad y reputación de las víctimas; plena revelación pública de la verdad; búsqueda, identificación y entrega de los restos de personas fallecidas o desaparecidas, junto con la aplicación de sanciones judiciales o administrativas a los autores de los crímenes; y reformas institucionales, además de la reconstrucción de la memoria histórica y la instauración de monumentos.

Las acciones contempladas en las anteriores formas de reparación no deben confundirse con programas y mecanismos de asistencia humanitaria o de prestación de servicios sociales propios del Estado, ya que estos últimos son obligaciones autónomas y diferenciadas que se deben garantizar a todos los ciudadanos (Mesa Nacional de Víctimas, 2011).

Para medir la eficacia y validez de la Ley, el Estado creó una comisión de seguimiento compuesta por la Procuraduría, la Defensoría, la Contraloría y tres representantes de las víctimas, como lo indica el artículo 201 de la Ley 1448, quienes analizan las medidas de reparación integral, es decir, la restitución de tierras, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición en sus dimensiones individual y colectiva (material, moral y simbólica). Hoy, a la luz de los resultados de esta investigación, se aprecia que existen fallas en la implementación de la Ley y mínimos avances de la política en materia de atención y reparación.

Por lo anteriormente expuesto, el Estado requería información evidente sobre la población a intervenir. Por eso se establece el RUV que verifica la existencia de aproximadamente 8.376.463 víctimas entre 1986 a 2017. Esta apreciación justifica trabajar directamente con las personas sobrevivientes del conflicto armado, en especial en las zonas afectadas por la violencia sociopolítica, de las que se espera a futuro que se constituyan en escenarios de reconciliación y perdón. Dichos espacios estaban ocupados por los actores armados de la guerrilla en la zona denominada Magdalena Medio donde hicieron presencia desde años anteriores a la década del 80 y los paramilitares en la década del 90. Sin importar la orientación ideológica, ambos grupos -guerrilla y paramilitares- hicieron dominio de la región imponiendo su ley en sectores de la economía, como los yacimientos petroleros y mineros, así como en los cultivos ilícitos y en el libre tránsito del narcotráfico, movilizando su ejército por vías fluviales y terrestres. Por ello, a municipios como Barrancabermeja llegaron familias e individuos desplazados de sus terruños, necesitados de atención habitacional, laboral, en salud y educación que perfectamente podrían ser cobijados por las disposiciones de la Ley 1448.

La investigación que aquí se presenta se desarrolla en Barrancabermeja, municipio de Santander ubicado en el Magdalena Medio, territorio afectado notoriamente por el conflicto armado. Barrancabermeja es considerado entre los 200 municipios del país que han sentido el rigor de la violencia, donde hubo presencia de diversos grupos armados y diversos vejámenes relacionados con desaparición forzada, masacres, secuestros, muertes indiscriminadas, atentados, desplazamientos y desapariciones forzadas, entre otras situaciones de lesa humanidad que fundamentan la selección del caso para este estudio. El trabajo pretende investigar la percepción y la vivencia de familias víctimas del conflicto y la respuesta estatal a través de una normatividad.

El objetivo de este estudio consiste en describir las representaciones sociales que tiene un colectivo de víctimas residentes o asentadas en Barrancabermeja sobre las acciones de reparación de la Ley 1448. Los resultados permiten demostrar los dilemas generados por la Justicia Transicional respecto a las acciones de reparación por parte del Estado desde la mirada de los sobrevivientes y vislumbrar orientaciones que redunden en un acercamiento a la paz permanente, en cumplimiento de los derechos como deber de un Estado republicano y demócrata.

Según el estudio de Mora (2002), Moscovici describe las representaciones sociales como construcciones simbólicas ligadas a las interacciones sociales bajo una misma realidad que permiten a los individuos orientarse en un mundo material y social, atrayendo a sus memorias eventos experimentados para comprender y organizar su mundo en el contexto. Este autor tiene en cuenta además los valores que permiten a través de la práctica social orientarse en el mundo, proveerlo de códigos que faciliten la comunicación, originando el intercambio de información mediado por creencias, imágenes y actitudes propias de las interconexiones socioculturales.

Por otro lado, Parra Villa (2011: 777) afirma que “no existe fenómeno o hecho social que no sea representado por las personas que de alguna manera se encuentran inmersas en un mismo contexto y el conflicto armado colombiano no es la excepción, puesto que éste genera representaciones particulares en diferentes grupos sociales, pero a su vez es el resultado de las representaciones sociales que se han construido sobre el fenómeno”.

Así, cuando un grupo de personas víctimas del conflicto armado debaten un tema de interés mutuo, como es el caso de la Ley 1448, lo explican, evalúan y expresan en sus discursos las vivencias, lo que piensan y sienten acerca de la reparación individual y colectiva, es porque tienen una representación social.

El conflicto colombiano es sui géneris. Por ello, para atender de manera integral a los sobrevivientes, se viene trabajando desde la jurisprudencia, la Constitución, los derechos humanos y derecho internacional humanitario, que ha indicado a los países del mundo qué hacer para cumplir con el derecho mínimo de la dignidad humana mediante la “reparación” que tiene como finalidad promover la justicia para que sea proporcional a la gravedad de la violación y al daño sufrido (ONU, 2005: 8).

El Sistema Interamericano de Derechos Humanos (en adelante SIDH) ha ampliado el concepto de reparación y lo expresa como una reparación integral que involucra disposiciones para que la víctima regrese a la situación en la que se encontraba antes de la vulneración de los derechos humanos; en la situación que no sea posible se deben reducir los efectos de dicha vulneración. Este concepto también ha sido desarrollado por la Corte Interamericana de Derechos Humanos (en adelante CIDH) en el artículo 63.1 de la Convención Americana de Derechos Humanos (OEA, 1969) cuando se ha dado una violación de un derecho (o una libertad) protegido por la Convención se garantizará el goce de dicho derecho, la reparación de las consecuencias de dicha situación y el pago de una indemnización, lo que se ajusta al derecho internacional contemporáneo sobre la responsabilidad del Estado (Romero y Bernate, 2016: 73-74). De eso se desprende una doble dimensión de la reparación: el deber por parte del Estado, derivado de la responsabilidad social de este, y el derecho fundamental de la víctima (Calderón, 2013: 157).

La Comisión de Derechos Humanos de la Organización de Naciones Unidas aprueba en 2005 la lucha contra la impunidad y establece el derecho de las víctimas a obtener reparaciones (ONU, 2005). Ese mismo año el Estado colombiano crea la Ley 975 en cuyo artículo 8 se promulga el derecho a la reparación en aras de contribuir a la consecución de la paz nacional y apoyar los acuerdos humanitarios. De esta manera se pretende garantizar a las víctimas el derecho a la justicia, la verdad y la reparación, precisando que la reparación propende por la restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición de las conductas. Cada una de estas garantías se explican de la siguiente forma: a) La restitución hace referencia a regresar a la víctima a la situación anterior al delito. b) La indemnización consiste en compensar los perjuicios causados por el delito. c) La rehabilitación consiste en realizar las acciones tendientes a la recuperación de las víctimas que sufren traumas físicos y psicológicos como consecuencia del delito. d) La satisfacción o compensación moral consiste en realizar las acciones tendientes a restablecer la dignidad de la víctima y difundir la verdad sobre lo sucedido. e) Las garantías de no repetición comprenden, entre otras, la desmovilización y el desmantelamiento de los grupos armados que se encuentran al margen de la Ley.

Para el año 2011 el Estado continuaba trabajando con el enfoque de reparación a las víctimas, y crea la Ley 1448 junto con los Decretos Ley 4633, 4634 y 4635 (República de Colombia, 2011a, 2011b y 2011c) que proponen restaurar los efectos dañinos del conflicto y superar el estado de vulnerabilidad como factor causante de victimización de las comunidades.

El término reparación también es utilizado por la psicología, con especial énfasis desde el abordaje clínico, enfocado en reparar o superar algún evento traumático. Según Melanie Klein, la reparación es una actividad del yo dirigida a restaurar un objeto amado y dañado (Segal, 1987: 124).

Epistemológicamente la palabra víctima ha tenido variaciones en el tiempo, denominándose afectado, damnificado y actualmente sobreviviente de un evento o hecho que ha llevado a las personas a situaciones extremas y que están en camino a superarlas. La ONU ha expresado un concepto amplio sobre víctima refiriéndose a aquellas personas que de forma individual o colectiva hayan sufrido daños, inclusive lesiones físicas o mentales, sufrimiento emocional, pérdida financiera o menoscabo sustancial de los derechos fundamentales, como consecuencia de acciones u omisiones que violen la legislación penal vigente en los Estados Miembros, incluida la que proscribe el abuso de poder. Se incluye además a los familiares o personas a cargo que tengan relación inmediata con la víctima directa y a las personas que hayan sufrido daños al intervenir para asistir a la víctima en peligro o para prevenir la victimización (ONU, 2006).

Cuando se hace referencia a la víctima es imprescindible considerar el objeto de estudio de la victimología que se preocupa por estudiar las causas por las que se considera víctima a una persona, siempre que dicha persona no es un sujeto pasivo y que se debe conocer tanto el contexto de ocurrencia de los acontecimientos como también a quienes están alrededor de los mismos y su afectación. Así, para la psicología el origen de los eventos o hechos que afectaron o afectan a una persona y le propician la condición de víctima son de gran relevancia, categorizándolos como psicológicos, políticos, culturales y también naturales, y en todos ellos la intervención interdisciplinaria es eficaz para el restablecimiento de las áreas afectadas.

La Constitución Política de Colombia de 1991 (Congreso de la República, 2002), en diferentes artículos como el 93, 229, 250 y los transitorios 30 y 66, empieza a perfilar el término jurídico de víctima en casos de juicios y derechos en torno a la administración de la justicia. El art. 93 constitucionaliza los tratados internacionales de DD. HH., lo cual va a apuntalar a la reparación de la víctima; el art. 229 el derecho de toda persona a acceder a la administración de la justicia; el art. 250, que fue ampliado a través del Acto Legislativo 03 de 2002 (Congreso de la República, 2002), que le otorgó a la Fiscalía la protección de la víctima; el artículo transitorio 30 alude a la amnistía por procesos políticos e incorporación a la vida civil de los guerrilleros en la política de reconciliación; el artículo transitorio 66, apunta sobre los instrumentos de justicia transicional para facilitar la terminación del conflicto armado interno y el logro de una paz estable y duradera, así como los mecanismos para el esclarecimiento de la verdad y la reparación de las víctimas.

Los anteriores elementos normativos se van a ver reflejados en la promulgación de leyes como la Ley 387 de 1997 que va a adoptar medidas de prevención, atención, protección, consolidación y estabilización socioeconómica al desplazado interno de la violencia y que establece el sistema nacional de atención integrada. Posteriormente, la Ley 1448 describe en el art. 3 que se denominará y reconocerá como víctima a aquellas personas que individual o colectivamente hayan sufrido un daño por hechos ocurridos a partir del 1º de enero de 1985, como consecuencia de infracciones al DIH o de violaciones graves y manifiestas a las normas internacionales de DD. HH. ocurridas con ocasión del conflicto armado interno. Con lo anterior, se evidencia que el Estado amplía el espectro de reconocimiento al referirse a la víctima e incluye en la misma condición a otras personas como es el caso del cónyuge o pareja permanente y a las personas que intervinieron para ayudar a quien está en peligro o para prevenir la victimización.

La Ley, o una norma en cualquier sociedad, regula tanto lo que se permite como lo que se impide en la convivencia de los seres humanos, la cual se espera que sea desarrollada de forma fraternal dado que jurídicamente el ser humano es libre e igual en dignidad y derechos, como reza el primer artículo de la Declaración Universal de los Derechos Humanos (ONU, 1948). Sin embargo, ante los conflictos políticos, territoriales, religiosos, o de cualquier tipo de poder impositivo, la dignidad y los derechos desaparecen para dar espacio a la aniquilación de un ser humano. La degradación de un conflicto interno o internacional ubica dos bandos, los victimarios y las víctimas. Estas últimas perciben y viven la vulneración de sus derechos y la indiferencia representados en los propios coterráneos o de los países vecinos. Por ello, se plantea una postura de investigación en torno al ser, en su pensar, sentir y actuar durante una experiencia traumática como un conflicto armado interno en donde los connacionales vulneraron los derechos fundamentales de las víctimas, arrebatando el pasado, el presente y el futuro de quienes quedaron inmersos en el conflicto. Hacer la revisión de la percepción y vivencia de las familias desplazadas a la luz de la Ley 1448 es fundamental para reparar el dolor y el daño emocional de su dignidad, que no se compensará con el pago de una indemnización. Este trabajo permitirá apreciar los procesos de resiliencia y superación que experimentaron las víctimas del conflicto armado interno de Colombia.

Metodología

La investigación se desarrolla desde un enfoque hermenéutico, es decir, se busca explicar, traducir, e interpretar las relaciones existentes entre un hecho y el contexto en el que acontece (De la Maza, 2005). Así, se utilizaron técnicas que facilitaron la expresión de los sentimientos y las percepciones de los participantes del estudio acerca de las formas de reparación individual y colectiva expresadas en la Ley 1448.

El grupo participante en esta investigación estuvo compuesto por 60 personas, habitantes de Barrancabermeja, que cumplieron los siguientes criterios: 1) haber sido reconocidas por el Estado como víctimas del conflicto armado, para ello se tuvo en cuenta que los participantes se encontraran en el RUV; 2) que hubiesen recibido alguna de las medidas de reparación consideradas en la Ley 1448; y 3) su voluntad de participar en el estudio.

Para ubicar los posibles participantes se exploraron organizaciones, asociaciones y corporaciones con presencia en Barrancabermeja que brindan apoyo y acompañamiento a personas en situación de víctimas. La Tabla 1 presenta la selección del grupo de estudio en términos de la cantidad de participantes que han sido incorporados según el tipo de organización a la que pertenecen.

Tabla 1

Tabla 1

elaboración propia.

La convocatoria a los participantes se efectuó a través de las organizaciones, asociaciones y corporaciones, constituidas por las mismas víctimas en pos de la obtención de los beneficios y las garantías establecidas por la Ley 1448. Al establecer el contacto inicial se explicó el propósito y alcance de la investigación así como los compromisos adquiridos, tales como asistir a la totalidad de los cinco encuentros propuestos: uno, al inicio, para la firma del consentimiento informado; dos y tres, el desarrollo de las técnicas interactivas seleccionadas (colcha de retazos, fotolenguaje, sociodrama y zoom); cuatro, “acción sin daño”, en la medida que se cumplían las técnicas interactivas, si se llegase a presentar en uno de los participantes una catarsis se hacía un proceso terapéutico; quinto, y último encuentro, para socializar los resultados de la investigación, compromiso de responsabilidad social de la universidad que lidera la investigación.

Para el desarrollo de la investigación se privilegió la utilización de las técnicas interactivas por su conveniencia para el tipo de información requerida y la manera sencilla en que las personas pueden participar. Según García ...[et al] (2002) estas técnicas posibilitan la expresión de sentimientos y valoraciones frente a los hechos y vivencias. La información obtenida se analiza valorando lo subjetivo, reconociendo la importancia de cada mirada de la realidad y su imposibilidad de ser generalizada. Asimismo, estas técnicas activan la expresión de las personas, proporcionando el diálogo y la recuperación de la memoria colectiva.

Las técnicas interactivas se clasifican en cuatro categorías: descriptivas, histórico-narrativas, analíticas y expresivas. Para esta investigación se seleccionaron la colcha de retazos, el fotolenguaje, el sociodrama y el zoom, como se apreciará en la siguiente tabla:

Tabla 2

Tabla 2

adaptación de los autores a partir de García ...[et al] (2002: 74).

García ...[et al] (2002: 68) refieren que la técnica denominada “colcha de retazos” permite la socialización de sentimientos, expresiones y vivencias de los sujetos en relación con sus prácticas y la manera de interactuar con la realidad social en la que se encuentran. Asimismo, permite develar las distintas formas en que los sujetos apropian su cotidianidad y su realidad. La colcha de retazos da cuenta de emociones, procesos, cambios y percepciones de los sujetos frente a diversas situaciones y momentos. La técnica se desarrolla en tres momentos. En el primero, se suministra a cada participante un marcador rojo con el cual deben plasmar por medio de un dibujo o de forma escrita el concepto de víctima para posteriormente pegar lo producido en un mural (denominado colcha). En un segundo momento se hace entrega de un marcador negro con el que deben responder qué tipo de beneficios ha recibido por parte del Estado y si consideran que dichos beneficios han sido reparadores. Por último, se suministra un marcador de color azul con el cual responden qué podría hacer el Estado para reparar. Cada participante expresó de manera verbal lo plasmado en la colcha.

La técnica de fotolenguaje es un instrumento ideal para hacer posible que la población participante exteriorice sus pensamientos y emociones, pues la fotografía “facilita la recuperación de la memoria, puesto que evoca recuerdos, momentos y espacios significativos; posibilita contextualizar la significación de los espacios donde transcurre la vida cotidiana, sus vivencias y experiencias, siendo entonces relevante lo discursivo, con el propósito de generar una dinámica circular dentro del grupo, de tal forma que cada participante se apropie de los espacios y contextualice a los demás integrantes sobre los eventos vividos y a su vez individualmente fortalezca la aprehensión de su realidad” (García ...[et al], 2002: 74).

Para el desarrollo de esta técnica los participantes llevaron al encuentro fotografías e imágenes que hicieran alusión a tres situaciones: la familia, el desplazamiento o la desaparición forzada, y la reparación. Las fotografías fueron expuestas en un mural con el fin de que todas las personas observaran y respondieran los siguientes interrogantes: ¿qué ven?, ¿qué sienten? y ¿qué debe hacer el Estado para evitar que estas situaciones se repitan?

La técnica sociodrama consiste en presentar una situación de la vida real a través de la actuación. Esto permite analizar gestos, acciones y palabras utilizadas por los participantes. El objetivo fundamental es “generar información de la vida de las personas, la forma de relacionarse, de sus problemas y forma de solucionarlos” (García ...[et al], 2002: 92). Para la aplicación de esta técnica, el grupo realizó una puesta en escena de una situación vivida por ellos en el marco del proceso de desplazamiento o desaparición forzada. Además, dramatizaron el proceso de reparación que ofrece el Estado para la situación recreada. En el momento de las instrucciones se entregaron materiales y elementos que les permitieran caracterizar a cada personaje y situación de la manera más real posible. Al finalizar la escena se socializaron las preguntas guía: ¿de qué se dieron cuenta? ¿qué paso después del desplazamiento o la desaparición? ¿quiénes son los más afectados? ¿qué puede hacer el Estado después del evento?

La técnica del zoom toma como principio la presentación de imágenes relacionadas con una vivencia compartida, en un orden particular, a un grupo de personas. A partir de ese estímulo, los participantes elaboran una interpretación de lo observado y se da lugar al debate. “A partir de la escena que construyen las imágenes, los participantes pueden desde sus propias vivencias, experiencias y construcciones simbólicas intervenir y modificar la escena quitando, agregando y ampliando tiempos, actores, espacios y hechos” (García ...[et al], 2002: 98).

Para la aplicación de esta técnica se diseñó una historieta con imágenes de la vida cotidiana de una familia que un día se ve afectada por una toma guerrillera que los obligó a dejar la localidad vereda, abandonando los animales y cultivos. Cada vez que se mostraba una imagen los participantes describían, interpretaban y creaban una historia sobre lo presentado. Se les orientaba con interrogantes como: ¿es agradable o desagradable lo que se aprecia?, ¿cuáles son las consecuencias de esos hechos?, ¿a quiénes afecta? Los participantes expusieron diferentes interpretaciones a partir de lo que ellos vivieron. Asimismo, socializaron el proceso para acceder a las ayudas de las entidades estatales con el fin de ser reparadas.

Para el procesamiento y plan de análisis de los resultados se elaboraron matrices descriptivas de base con cada una de las técnicas aplicadas, teniendo en cuenta las categorías apriorísticas (Tabla 3), permitiendo la configuración de textos. Con la fase de recopilación-organización de forma simultánea, se procedía a la lectura crítica para apreciar las categorías emergentes que se convertirían en los resúmenes de las matrices analíticas de las técnicas empleadas, las cuales ofrecerían la percepción de los participantes sobre cada acto de reparación presentado en la Ley 1448 para evaluar la representación social de los sobrevivientes que tiene sobre la particularidad de cada uno de sus ejes (restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantía de no repetición). Posteriormente se elaboraron las matrices interpretativas a la luz de la Ley 1448 y de la teoría de las representaciones sociales.

Los instrumentos seleccionados para la presentación de los resultados fueron las matrices y lista de conteo.

Tabla 3

Tabla 3

elaboración propia con base en la Ley 1448 de 2011.

Tabla 4

Tabla 4

elaboración propia con base en propuestas en la Ley 1448 de 2011

Resultados

La información se presenta en matrices descriptivas que permiten dar cuenta de las representaciones sociales del colectivo de víctimas sobre las acciones de reparación de la Ley 1448. Se identifican aspectos comunes en los relatos de los participantes para cada una de las técnicas utilizadas y se establecen generalizaciones sobre las categorías apriorísticas y sub categorías establecidas en el desarrollo del trabajo.

En un primer momento se presentan datos básicos de los participantes, en un segundo ítem sobre la reparación integral, y en el último capítulo sobre las representaciones sociales y la reparación integral.

Los participantes del estudio

Tabla 5

Tabla 5

elaboración propia.

Los participantes en su mayoría son mujeres que, después de los hechos victimizantes, se dedicaron a las actividades hogareñas, a realizar trabajos informales como empleadas domésticas, al cuidado de niños o ancianos y en menor proporción a la venta callejera. El nivel de escolaridad de la población en general es primaria básica o bachillerato incompleto. Los hombres cambian su rol de labriego, campesino, sembrador o cultivador a la realización de otras actividades citadinas como vigilante, ayudante de obra civil, lavador de carros, entre otros trabajos llamados por ellos mismos como actividades de “rebusque”.

La edad promedio de los participantes es de 43 años. En su totalidad son reconocidos como víctimas de desplazamiento y desaparición forzada y se ubican en un nivel socioeconómico bajo. Los departamentos expulsores de esta población son Antioquia, Bolívar y Santander. Asimismo, se conoce que en promedio asisten a las asociaciones, fundaciones y corporaciones desde hace seis años y el promedio de su reconocimiento como víctimas es de 17 años.

La concepción que tienen los participantes acerca de la palabra víctima está asociada al asesinato de un familiar o al desplazamiento forzado. Este evento produce un dolor que se hace evidente en el discurso de los sobrevivientes. Manifiestan que es a sus muertos a los que lloran, a su familiar, esposo, padre o madre, a la persona desaparecida, a los que “subieron al monte” y no volvieron, a los niños y jóvenes que reclutaron, a los que fueron torturados, asesinados o violados en algunas casos en su propia presencia y hasta en varias oportunidades, sin ellos poder hacer nada incluso ante el caso de mutilaciones y secuestros. Así, la definición de víctimas se señala como un acto de injusticia, porque estas personas fueron objeto de violaciones de los derechos fundamentales y los DD. HH. que dejan secuelas físicas y emocionales sin reparación.

La Reparación Integral

Los participantes consideran que desde el momento mismo de los hechos violentos se inicia una línea de tiempo relacionada con la victimización. En los relatos manifiestan que quienes les ayudaron a salir o huir de la región fueron sus vecinos. De ellos recibieron ayuda económica y complicidad en la movilización para llegar a otros territorios, expuestos a la merced de quienes voluntariamente al escuchar la descripción de los hechos se interesaran por orientarles hacia un lugar donde llegar, o a cuidar de sus enseres mientras que el mismo destino les permitía ver el horizonte. Indican que para ese momento desconocían el marco jurídico bajo el cual se tipifican las violaciones de las que fueron objeto.

Tabla 6

Tabla 6

elaboración propia.

De manera cronológica, los participantes expresan haber sido discriminados durante y después del desplazamiento, sintiéndose como una carga y un problema para quienes no han vivenciado dicha situación. Asimismo describen el desplazamiento forzado y el genocidio como sucesos donde se producen constantes violaciones a la integridad física y psicológica del ser humano. Afirman que ellos han sido y son involuntariamente actores principales en un conflicto sociopolítico y militar interno, donde el gobierno y la comunidad internacional no garantizan la seguridad para salvaguardar su vida y su dignidad. Además, expresan que constantemente se sienten revictimizados por parte de las instituciones gubernamentales, las cuales en la mayoría de las ocasiones no tienen una respuesta acertada a sus necesidades. Consideran importante el acompañamiento de la Cruz Roja como agencia internacional al proporcionar la ayuda humanitaria. A nivel nacional hacen referencia a la Red de Solidaridad, luego a Acción Social y actualmente al Departamento de la Prosperidad Social, quienes canalizaron la entrega de asistencia humanitaria y realizan un seguimiento a la indemnización en el caso del programa de víctimas. A nivel local consideran significativa la participación del Servicio de Jesuitas a Refugiados, el Servicio Nacional de Aprendizaje y la Iglesia Católica, así como de los operadores como la Corporación de Profesionales para el Desarrollo Integral Comunitario (en adelante CORPRODINCO) y la Corporación para el Desarrollo Empresarial y Comunitario (en adelante COEMPRENDER). Consideran que en algunas entidades encontraron a funcionarios con poco sentido de solidaridad y comprensión, baja tolerancia y poca receptividad en la escucha.

En relación con la toma de la declaración por parte de los delegados públicos, los participantes manifiestan que los funcionarios asumieron una actitud de respeto y solidaridad. Sin embargo, señalan también que ese particular momento es doloroso puesto que para elaborar los relatos se hace imprescindible recordar los hechos violentos y el daño producido por los actores de la guerra, surgiendo sentimientos de miedo y temor de manera involuntaria, acompañados de rabia, angustia y desolación. Los participantes refieren este momento como una situación cruel, pero necesaria para denunciar lo ocurrido.

Los participantes reconocen y exteriorizan durante el desarrollo de las técnicas diversas sensaciones y sentimientos, relatan en detalle experiencias, manifiestan intenciones y expectativas frente a los eventos ocurridos durante y después del desplazamiento o desaparición forzada, insistiendo en que estos transformaron la cotidianidad de sus vidas. Otras expresiones están relacionadas con el incumplimiento en los procesos de reparación por parte del Estado.

Los participantes expresan que ellos son una representación significativa de las verdaderas víctimas de la violencia sociopolítica, puesto que han perdido sus tierras en las que se encontraba la fuente de ingresos, el hogar donde vivieron los mejores momentos de su existencia y establecimiento del vínculo vital con sus vecinos, con quienes durante largos años celebraban las festividades de la región, jugaban gallos, se divertían en improvisadas corralejas, tomaban guarapo, chicha, cerveza, cocinaban los tamales del año nuevo, entre otras relaciones de cercanía y parentesco, especialmente cuando son los compadres o socios en pequeños y medianos negocios, al cultivar en compañía las tierras o compensar la economía familiar en el intercambio ocasional o diario de productos como leche, queso, verduras y frutas. En todos estos procesos se entretejían fuertes conexiones de reciprocidad y cooperación que de un momento a otro desaparecen, sin nunca haberlo previsto. Describen la angustia y el miedo como sentimientos frecuentes que aparecen de manera sorpresiva en diferentes momentos de sus vidas, aunque haya pasado mucho tiempo entre el desarraigo y/o la desaparición de sus seres queridos, pero aún temen por la seguridad de sus vidas y de sus familias. Pareciera como si el evento solo hubiese ocurrido meses atrás, siendo reiterativos la pérdida de sueño, los episodios de rabia e impotencia, así como el desconsuelo e incluso las ideas suicidas. En algunas ocasiones experimentan sentimientos de odio contra los actores y responsables de la situación que hoy tienen como víctimas de delitos de lesa humanidad.

Los participantes describen situaciones específicas a las que recurrieron después del desplazamiento para cubrir las necesidades básicas, explicando que la situación los obligó a buscar a familiares y amigos con el fin de solicitar apoyo en la búsqueda de opciones laborares, que por el contexto fueron totalmente diferentes a las que realizaban en el área rural. Aparecen involuntariamente en los discursos y sentimientos de tristeza manifiestos a través de largos silencios y lágrimas involuntarias. Toman un respiro para recapitular la situación e inician describiendo al nuevo lugar o territorio donde llegaron después del desplazamiento como un lugar desconocido, como el sitio que les tocó vivir obligadamente, donde fue necesario un proceso de adaptación y reincorporación a nuevos procesos de socialización. Dicen que en estos nuevos territorios vieron cómo sus familias se desintegraban, cómo los matrimonios tomaron nuevos rumbos y cómo la necesidad de subsistir los obligó al intercambio de roles: mientras el hombre debía realizar actividades del hogar, porque sembrar y cultivar no era propio de la ciudad, la mujer tiene la posibilidad de buscar y ser aceptada en cualquier actividad laboral, además de saber de agricultura, de siembra y recolección de alimentos. Además, los participantes hacen referencia a un sinnúmero de actividades ocasionales realizadas a destajo para poder subsistir, e incluso consideran la prostitución como alternativa para solucionar las dificultades económicas. Como alternativa a esta situación, describen que el Estado les presentó ofertas en proyectos productivos que realmente fueron un fracaso, ya que no tomaban en cuenta los aspectos de su realidad.

Las representaciones sociales y la reparación integral

Los participantes expresaron insatisfacción frente a la ayuda humanitaria recibida puesto que, al ser declarada como urgencia, debería ser entregada en el momento mismo del evento del desplazamiento. En la mayoría de los casos esto no se cumplió. De igual manera, manifiestan que el monto económico entregado tenía un valor estándar o único, independiente del número de personas por familia, lo que ocasionaba que en familias numerosas este beneficio no cubriera las necesidades básicas del hogar, como dice la Ley.

Tabla 7

Tabla 7

elaboración propia.

En cuanto a la ayuda de emergencia que debía ser entregada después de haber sido incluidos en el RUV, los participantes manifiestan que fueron desapareciendo en el tiempo. El Estado justificaba que dichas entregas se hacían de acuerdo al número de integrantes de una familia y a las necesidades de las mismas y por ello no todos los participantes recibieron mercados y alojamiento después del año 2012, fecha en la que la modalidad cambia, gracias a las manifestaciones de inconformismo realizadas por las víctimas para que no entregaran mercados en mal estado, con fechas de vencimiento que superaban la posibilidad del consumo humano, como enlatados y productos básicos de la canasta familiar como frijol, lentejas o arroz. En el caso de Barrancabermeja aparecen como operadores COEMPRENDER y CORPRODINCO a los que los participantes se refieren como una excelente alternativa para recibir no solo la atención de urgencia y emergencia, sino también la formación personal en temas relacionados con el manejo de las finanzas del hogar, autocuidado y superación personal.

Los participantes en su totalidad consideran que la estrategia del gobierno de establecer la ayuda humanitaria de urgencia y de emergencia en los momentos críticos, fue acertada. Sin embargo, se sienten insatisfechos puesto que no todos recibieron dichos beneficios. 40 participantes expresan que no recibieron la ayuda de emergencia de manera continua, lo que los obligó a entablar medidas jurídicas como derechos de petición y tutelas. Asimismo, 37 personas consideraron que el beneficio económico se veía como una prebenda o dádiva por la pérdida de sus bienes, pero nunca como una reparación. Es decir que estas ayudas no generan los efectos compensatorios que las víctimas necesitan para transformar su condición de vida, sino que, por el contrario, terminan siendo paliativos con los que la gente no experimenta reparación ni siente que transforme su condición actual de víctima.

Durante el desarrollo de los diferentes ejercicios realizados, la población participante insiste en que la ayuda recibida por parte del Estado o de otros organismos no podrá jamás reparar el daño ocasionado al dejar sus tierras, sus enseres, sus familiares o amigos, ni devolver al ser querido asesinado o desaparecido. Estos sentimientos se correlacionan con expresiones referidas al dinero que nunca podrá remediar las pérdidas emocionales producidas, no solo por lo material, sino también por lo que no puede contabilizarse en términos económicos. Se conoció a través de los relatos que en algunos casos el dinero recibido como indemnización o como ayuda humanitaria generó disputas al interior de las familias, bien de carácter emocional o monetario, con el riesgo de trivializar los daños. Sobre la reparación integral, los participantes consideran importante la preocupación del Estado por crear un registro único a fin de tener información veraz sobre el número y tipo de víctimas y un control en la entrega de indemnizaciones. No obstante, la población reclama que se debe considerar la conformación de nuevos hogares en términos de divisiones, separaciones y rupturas ocasionadas a través del tiempo. Es decir, no se debe olvidar a cientos de personas que aún están por fuera del registro y que también hacen parte de la historia desgarradora del conflicto armado, que también padecieron la más cruda violencia en su experiencia cotidiana y a quienes el Estado también debe asegurarles la igualdad de derechos. Estas familias también necesitan reparación en todos los aspectos, no solamente en lo económico, sino también lo psicosocial.

Por otra parte, un número significativo de participantes reconoce que a partir de los talleres y las diversas capacitaciones en las que han participado como parte de la atención, han aprendido el significado real y amplio que tiene el término “reparación” y solicitan de manera general que este trabajo se siga realizando, garantizando así una estrategia verdadera de reparación. Los participantes consideran importante trabajar sobre la dignidad de las personas, tener una mirada de reparación que permita la reconstrucción de los proyectos de vida que fueron arrebatados, y no limitarse a ejecutar programas y proyectos sin sentido vital, social y cultural, son ellos como víctimas quienes hacen las propuestas.

Tabla 8

Tabla 8

elaboración propia, a partir de la aplicación de las técnicas interactivas.

En la Tabla 8 se describen los tipos de afectación expresados por las víctimas en tres grandes categorías:

1. Indemnización económica: incluye establecimiento de los servicios de salud y el favorecimiento a la educación; restitución de tierras y acceso a proyectos productivos en alianza con el sector bancario y financiero para la obtención de créditos bancarios.

2. Reconstrucción de los hechos con miras a conocer la verdad, exigiendo el perdón público de parte de los victimarios. Medidas simbólicas en memoria y solidaridad de las víctimas.

3. Retorno al lugar de origen. Garantías de no repetición. Apoyo psicosocial.

En la columna referida como cantidad de personas, se evidencia cuántos participantes están de acuerdo en que la necesidad es apremiante para la reparación. Los resultados indican que hay una tendencia homogénea en la necesidad de reparación. El retorno al lugar de origen es la excepción, ya que es considerado por un grupo menor de personas. Por otra parte, se puede observar en la lista de conteo que medidas de reparación como indemnización económica, derecho a la verdad, perdón público y conocer la verdad, son significativas con mayor frecuencia.

En el abordaje de las representaciones sociales se evidencian las expresiones de dolor, tristeza y añoranza en los discursos orales de los participantes al relatar las historias de vida antes y durante el hecho victimizante, reconociendo la pérdida de los bienes materiales, así como de los vínculos establecidos por años entre vecinos, amigos y parientes.

De igual manera, en las expresiones verbales de los participantes se conserva el acento y el dialecto nativo de las zonas de procedencia, observando su idiosincrasia y resaltando el medio cultural de donde vienen como el lugar único donde fueron felices.

Las víctimas reconocen que las experiencias vividas por el desplazamiento y la desaparición forzada fueron de gran impacto tanto a nivel personal como económico y social, con la transformación de pensamientos y sentimientos frente al otro e incluso en la forma en que se percibe la realidad social y al Estado, al que aprecian con desconfianza y poca credibilidad.

Conclusiones

Cabe destacar que entre los participantes hay una alta representación femenina (75%), que constituye un grupo que por antonomasia es vulnerable y objeto de diversos tipos de violencia. Un conflicto armado incrementa exponencialmente las posibilidades de los grupos vulnerables de ser instrumentos de guerra. La mujer, por su capacidad emocional, es una narradora de historias y experiencias pintadas en diferentes matices. Por ello, este trabajo presenta relatos y testimonios veraces, perturbadores y desgarradores sobre el conflicto que tocó a los pobladores del Magdalena Medio, desplazados de sus terruños hace 17 años. Otra característica de este grupo es que está compuesto por víctimas que optaron por fundar y participar en organizaciones para la defensa de sus derechos fundamentales y humanos. Dicha participación comprende 6 de los 17 años que llevan asentados en esta ciudad, habitando zonas socioeconómicas deprimidas en 67% en estrato 1 y 33% en estrato 2 (ver Tabla 5). Este grupo poblacional también se distingue por su resiliencia: en cada repetición del relato los participantes elaboran catarsis, al hablar del dolor, la rabia y los odios, sanan las profundas heridas de ser actor directo en un conflicto que en Colombia superó los 50 años. Además, este grupo ha asumido posturas críticas a los llamados beneficios del Estado promulgados en una Ley de papel que les sigue debiendo derechos.

Respecto de reparación integral -en las dimensiones de restitución, indemnización, rehabilitación, satisfacción y garantías de no repetición-, este grupo de participantes, que ha vivido la condición de víctima en el pasado y de sobreviviente en el presente, ha demostrado con sus relatos que aunque Colombia legisló muy bien para resarcir el dolor y hacer una reparación, se ha quedado en el enunciado del pago económico, que no ha sido efectivo. La reparación continúa sin cumplirse porque el Estado presenta los beneficios, pero los vulnerados saben que huyeron de sus tierras porque este aparato administrativo fue incapaz de resolver el conflicto y hacer valer sus derechos, ante la mirada indiferente y ausente de quienes no tienen la condición de víctima. De igual manera, en el momento del asentamiento y en el ahora, sus derechos siguen siendo objeto de violaciones por la sencilla razón de que no han sido reparados. Lo recibido son solo beneficios y las víctimas siguen reclamando la atención a sus derechos fundamentales, a los DD. HH. y la atención al DIH, es decir, no han recibido indemnización por los hechos victimizantes.

En tanto a las representaciones sociales y la reparación integral, los sobrevivientes consideran que no han sido indemnizados y tienen claridad de que los beneficios recibidos no son una indemnización. En cuanto a la salud, educación y la infraestructura, no son reparaciones, esas son un deber del Estado y un derecho para ellos, por tanto, sus derechos siguen siendo objeto de vulneración. Se ha creado política para ciertos mínimos que garanticen el bienestar de los sobrevivientes, sin embargo no se cumplen las garantías de no repetición, puesto que en la actualidad se evidencia un alto índice de asesinatos de líderes sociales sin que el Estado logre atenuar ni erradicar esta situación.

A tres años de dar por concluido el proceso de la Ley de víctimas, los sobrevivientes se encuentran insatisfechos con la reparación integral, es decir, que el espíritu de la Justicia Transicional de la Ley 1448 continua sin darse. El simple hecho de incumplir a la víctima la realización de medidas para el restablecimiento de la situación anterior a las violaciones, y en especial en lo relacionado con las tierras, deja en entredicho la reparación integral, dado que el Estado tendría que llevar a estos sobrevivientes a una situación mejor de la que estaban cuando le fueron vulnerados sus derechos.

La insatisfacción manifiesta por los sobrevivientes con respecto a la reparación del daño es alta, especialmente en el daño emocional que requiere una intervención por profesionales que permitan la elaboración real de un duelo, conociendo la verdad de los hechos y dando respuestas ante las pérdidas. Solo así se alcanza la resiliencia y el perdón, estos serían los cimientos de una verdadera política con justicia social hacia la construcción de la paz.